Drug Court Politics and Procedures translated to Spanish
CONDADO DE MARIN
POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS
DEL PROGRAMA DEL TRIBUNAL DE
DROGAS PARA ADULTOS
Revisado en julio de 2018
Tribunal de Drogas para Adultos del Condado de Marin
Misión
La misión del Tribunal de Drogas para Adultos del Condado de Marin es
mejorar las vidas que han sido afectadas por el consumo de sustancias
e incrementar la seguridad pública al reducir la cantidad y la frecuencia
de los delitos relacionados a drogas. El Tribunal tiene como objetivo
reducir la reincidencia del delito al facilitar tratamiento y rehabilitación
y proporcionar mayor supervisión a individuos con un trastorno por
consumo de sustancias que están involucrados en el sistema de justicia
penal, regresando de ese modo individuos a la comunidad que están
más preparados para mantener su recuperación y no participar en
conductas delictivas adicionales.
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Tribunal de Drogas para Adultos del Condado de Marin
Políticas y Procedimientos
Julio de 2018
TABLA DE CONTENIDO
TABLA DE CONTENIDO .......................................................................................... 3
DESCRIPCIÓN DEL PROGRAMA DEL TRIBUNAL DE DROGAS PARA ADULTOS DEL CONDADO
DE MARIN ........................................................................................................... 5
ESTRUCTURA DEL TRIBUNAL DE DROGAS .................................................................. 6
POBLACIÓN OBJETIVO .................................................................................6
DURACIÓN DEL PROGRAMA ......................................................................... 7
LEYES DE CONFIDENCIALIDAD Y COMUNICACIÓN DEL EQUIPO ........................... 7
PROCESO DE ADMISIÓN AL TRIBUNAL DE DROGAS ......................................................8
CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD ...................................................................... 9
CASOS RECIÉN ADJUDICADOS.................................................................... 10
VIOLACIONES DE LA LIBERTAD CONDICIONAL............................................... 10
MODIFICACIONES DE LA LIBERTAD CONDICIONAL ......................................... 11
PC1210 ................................................................................................ 11
EL ROL DEL DEMANDADO EN EL PROCESO DE ADMISIÓN ................................ 11
EQUIPO DEL TRIBUNAL DE DROGAS PARA ADULTOS ................................................. 13
JUEZ DEL TRIBUNAL DE DROGAS PARA ADULTOS ........................................... 13
SALUD CONDUCTUAL DEL CONDADO DE MARIN ............................................. 13
COORDINADOR DEL TRIBUNAL DE DROGAS .................................................. 14
ESPECIALISTA EN EVALUACIÓN CLÍNICA ...................................................... 14
ASESOR DE RECUPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DEL CASO ............................. 15
OFICIAL DE LIBERTAD CONDICIONAL .......................................................... 16
OFICINA DEL FISCAL DE DISTRITO ............................................................. 16
OFICINA DEL DEFENSOR PÚBLICO .............................................................. 17
PROVEEDOR DE TRATAMIENTO ................................................................... 18
OPERACIONES DEL PROGRAMA DEL TRIBUNAL DE DROGAS PARA ADULTOS .................. 19
PERIODO................................................................................................ 19
EVALUACIÓN ........................................................................................... 19
PROVEEDOR DE TRATAMIENTO ................................................................... 20
SERVICIOS DE ADMINISTRACIÓN DE CUIDADOS ............................................ 20
DOTACIÓN DE PERSONAL .......................................................................... 21
PRUEBAS DE DETECCIÓN DE DROGAS .......................................................... 21
APLICACIÓN DE LAS PRUEBAS DE DETECCIÓN DE DROGAS .............................. 21
VIOLACIÓN DE LAS NORMAS DEL ADC ......................................................... 21
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LAS CUATRO FASES DEL PROGRAMA DEL TRIBUNAL DE DROGAS ................................. 22
FASE I – TRATAMIENTO Y SUPERVISIÓN INTENSIVA ...................................... 23
NECESIDADES DE VIVIENDA ............................................................ 23
CRITERIOS PARA AVANZAR A LA FASE II ............................................ 23
FASE II – INTEGRANDO EL TRATAMIENTO DE ABUSO DE SUSTANCIAS A LA VIDA. 24
CRITERIOS PARA AVANZAR A LA FASE III .......................................... 24
FASE III – MANTENIMIENTO Y DECISIONES INDEPENDIENTES ........................ 24
CRITERIOS PARA AVANZAR A LA FASE IV ........................................... 25
FASE IV – CONTINUACIÓN DEL CUIDADO .................................................... 25
CRITERIOS PARA GRADUARSE ......................................................... 25
GRADUACIÓN .................................................................................................... 26
NORMAS DEL TRIBUNAL DE DROGAS PARA ADULTOS ................................................ 27
IMPONIENDO INCENTIVOS Y SANCIONES ............................................................... 30
CRITERIOS PARA OTORGAR SANCIONES E INCENTIVOS ................................... 31
CÓMO SE APLICAN LAS SANCIONES/INCENTIVOS .......................................... 31
SERVICIOS COLATERALES .................................................................................... 32
IDENTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD/REMISIÓN A SERVICIOS COLATERALES ...... 32
ASISTENCIA PRIMARIA DE SALUD /ASISTENCIA DE SALUD MENTAL ................. 32
BAJA ................................................................................................................ 32
APÉNDICE A ...................................................................................................... 35
APÉNDICE B ...................................................................................................... 36
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DESCRIPCIÓN DEL PROGRAMA DEL TRIBUNAL DE DROGAS PARA
ADULTOS DEL CONDADO DE MARIN
El Tribunal de Drogas para Adultos (ADC, por sus siglas en inglés) del Condado
de Marin es un abordaje jurídico especializado enfocado en la terapia que está
dedicado a ayudar adultos dependientes de drogas o alcohol para lograr la
sobriedad, de este modo mejorando sus propias vidas, las vidas de las personas
cercanos a ellos y, en un sentido más amplio, la comunidad de Marin. El ADC usa
un enfoque en equipo que desestima los roles adversarios tradicionales de
defensa y acusación, uniendo todos esos roles en el proceso judicial en un
equipo para hacer todo lo posible para ayudar a los participantes en su
recuperación.
Después de la determinación de elegibilidad basada en los delitos imputados y
otros criterios, el equipo toma decisiones sobre las admisiones, las respuestas
ante el progreso de los participantes (o la falta del mismo), y la graduación o
baja. El ADC del Condado de Marin se guía por los “Diez Componentes Clave de
los Tribunales de Drogas” según lo dispuesto por la Asociación Nacional de
Tribunales de Drogas. (Por favor, vea el Apéndice A.)
El ADC del Condado de Marin está dirigido por un comité directivo colaborativo
compuesto por un Juez del Tribunal Superior, el Administrador del Tribunal, el
Defensor Público, el Fiscal de Distrito, el Oficial de Libertad Condicional en Jefe,
el Director de Salud y Servicios Humanos, el Administrador del Programa de
Alcohol y Drogas de la División de Salud Conductual y Servicios de Recuperación
y el Comisario del Condado de Marin. El Coordinador del Tribunal de Drogas para
Adultos se desempeña como personal del comité directivo.
Las operaciones diarias del ADC son llevadas a cabo por el equipo del ADC del
Condado de Marin. Todos los miembros del equipo trabajan en conjunto con la
ayuda de una amplia variedad de proveedores de otros condados y proveedores
basados en la comunidad en el Condado de Marin, para proporcionar servicios de
expansión con el fin de apoyar el esfuerzo que los participantes deben hacer
hacia la recuperación.
El programa del Tribunal de Drogas para Adultos del Condado de Marin es un
programa posterior a la respuesta a la acusación para casos recientemente
adjudicados, así como aquellos casos donde los participantes que ya están en
libertad condicional aceptan ingresar al programa voluntariamente o a quienes el
Tribunal les ordena que ingresen a través de una modificación de su libertad
condicional, por medio de la presentación y adjudicación de una Petición para
Revocar la libertad condicional, o de un caso PC1210/SACPA (Propuesta 36)
luego de que el demandado haya reprobado dicho programa. El Tribunal
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desestimará los cargos de participantes del programa del ADC que son admitidos
por perpetración de delitos de droga específicos al culminar exitosamente todos
los requisitos del programa y el periodo requerido de seguimiento.
A los participantes admitidos con delitos no relacionados a drogas no se les
desestimará dichos cargos, pero se les suspenderá permanentemente cualquier
sanción restante de cárcel o prisión. Se podrán contraer beneficios adicionales
con base en el desempeño individual en el Programa del Tribunal de Drogas para
Adultos y a discreción del Tribunal y de la Oficina del Fiscal de Distrito.
En el caso de los participantes admitidos por una modificación de la libertad
condicional o debido a una violación de libertad condicional adjudicada, no se
reducirán o desestimarán los cargos criminales subyacentes, pero se puede
otorgar la culminación temprana de la libertad condicional a aquellos quienes
culminan exitosamente el programa.
El programa del Tribunal de Drogas para Adultos ofrece remisiones a tratamiento
de consumo de sustancias, otros servicios de ayuda social y otros servicios del
Tribunal de Drogas. Los servicios relacionados al consumo de sustancias que
están a disposición de los participantes del Tribunal de Drogas para Adultos
incluyen el manejo de la abstinencia, tratamiento residencial, tratamiento
ambulatorio intensivo, tratamiento ambulatorio y tratamiento asistido por
medicamentos, así como administración de casos y servicios continuos de apoyo
a la recuperación. Además del tratamiento para el consumo de sustancias, los
participantes asistirán a reuniones de autoayuda, administración de cuidados y
otros servicios de apoyo, su participación en el programa será monitoreada por
el equipo, comparecerán en el tribunal según lo programado, y se someterán a
pruebas de sangre, aliento, saliva y/u orina.
Los criterios para la admisión se basan en el delito cometido y en el estatus del
solicitante. Los candidatos al Tribunal de Drogas para Adultos reciben una
evaluación por parte de la Sociedad Americana de Medicina de Adicciones
(ASAM, por sus siglas en inglés) para determinar el nivel de tratamiento
médicamente necesario en el que participarán y se remiten a dicho nivel de
servicio(s).
ESTRUCTURA DEL TRIBUNAL DE DROGAS
Población Objetivo
La población objetivo del Condado de Marin para el Tribunal de Drogas para
Adultos incluye a participantes que han cometido delitos de drogas, alcohol o
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algunos otros delitos específicos, quienes demuestran la voluntad y capacidad de
beneficiarse de libertad condicional y supervisión del tribunal, tratamiento para el
consumo de sustancias y otros servicios de apoyo. Se desarrollará un tratamiento
individualizado y médicamente necesario para el consumo de sustancias con
cada participante del ADC. El proveedor de tratamiento proporcionará servicios
relevantes al sexo, edad y cultura tanto para los hombres como para las
mujeres.
Duración del Programa
La duración estándar del Programa del Tribunal de Drogas para Adultos es no
menos de un año, sin embargo, está impuesta por el progreso de un participante
individual en cuanto al tratamiento, cumplimiento con los mandatos ordenados
por el tribunal y otros factores. La colocación y el progreso en las cuatro fases
del programa se guiarán, en parte, por una evaluación integral inicial, así como
una re-evaluación periódica para determinar el nivel de cuidado que se necesita
dentro del continuo de servicios relacionados al consumo de sustancias, además
de cumplir con las órdenes del Tribunal y ser colocado en libertad condicional
supervisada. Los candidatos comenzarán y progresarán en un continuo
individualizado de tratamiento de consumo de sustancias participación en
servicios de apoyo que pueden incluir asistencia para la vivienda, tratamiento de
salud mental, servicios informados sobre el trauma, intervenciones de
pensamiento criminológico, asesoramiento de la familia o interpersonal, servicios
vocacionales o educativos y tratamiento médico y odontológico. Los candidatos
sólo reciben los servicios para los cuales tienen evaluada una necesidad.
Se requerirá que los participantes culminen el (los) tipo(s) de tratamiento
médicamente necesarios y la duración del tratamiento de consumo de sustancias
indicado por su evaluación individualizada, los criterios de colocación de ASAM y
el plan de tratamiento. También se les solicitará a los participantes que
participen en evaluaciones posteriores al programa por un periodo no menor a
un año.
Leyes de Confidencialidad y Comunicación del Equipo
El equipo del ADC asegurará que las comunicaciones entre los miembros en
cuanto al progreso de los participantes del programa cumplan con los requisitos
del Título 42, Código de los Estados Unidos, 42 U.S.C. 290dd-2 y sus
reglamentos de implementación encontrados en el Título 42, Código de
Reglamentos Federales, C.F.R. Parte 2 y cualquier otra ley aplicable. (Por favor,
vea el Apéndice B).
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Cada jefe de departamento establecerá una política para su propio personal con
el fin de proteger la información de los participantes según lo requiere el 42
U.S.C. 290dd-2 y los reglamentos de implementación.
PROCESO DE ADMISIÓN AL TRIBUNAL DE DROGAS
Hay cuatro vías de admisión al ADC del Condado de Marin:
1. Caso recién adjudicado
2. Violación de la libertad condicional/libertad bajo palabra en el Condado
3. Modificación de la libertad condicional
4. Incumplimiento del PC1210 (Propuesta 36)
Un candidato al ADC debe:
1. Estar diagnosticado con un trastorno por consumo de sustancias
2. Tener 18 años de edad o más
3. Estar dispuesto o ser ordenado a participar en el ADC
4. Ser un residente del Condado de Marin
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